Donativos

Si quieres colaborar con nuestra Asociación, puedes :

  • Enviar dinero a través de BIZUM al código 14008 (Parroquia San José de Águilas (Murcia).
  • Hacer un ingreso en la cuenta del Banco de Santander: ES44 – 0049 – 23 – 03962714192320 cuyo titular es Parroquia San José de Águilas (Murcia)
  • En el concepto indica tu nombre o razón social. No se admitirán ingresos anónimos.

Para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos facilites un justificante del ingreso e indicando además tus datos completos: nombre y apellidos, DNI o NIF, C.P. y provincia al correo pjoseaguilas@diocesisdecartagena.org

Para donativos periódicos, escribe a pjoseaguilas@diocesisdecartagena.org indicando la cantidad y periodicidad con que quieres que te pasemos los cargos.

Deducciones y Desgravación

Si has decidido hacerte benefactor o realizar un donativo puntual te informamos que puedes deducirte estas donaciones de tu declaración de la renta.

Actualmente estos son los tipos de deducción aplicables para las donaciones puras y simples que se realicen a favor de Parroquia San José de Águilas como Entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:

Personas físicas (IRPF)

Primeros 250 €:  Deducción 80%
Resto: Deducción 40%
Donativos recurrentes: Deducción 45%
Límite deducción base liquidable: Deducción 10%

Personas Jurídicas (IS)

Donaciones en general: Deducción 40%
Donativos recurrentes: Deducción  50%
Límite deducción base liquidable: Deducción 10%

Consideraciones

Si eres persona física, en el IRPF del ejercicio correspondiente podrás deducirte:

– Hasta 250€, te puedes deducir hasta el 80% de todas tus donaciones.
– Si superas esa cantidad, con el resto puedes deducirte hasta:
        El 40% si llevas menos de dos años colaborando con la misma entidad
        El 45% si has donado en los 2 ejercicios anteriores una cantidad igual o superior al año anterior.

Si eres persona jurídica, en el Impuesto de Sociedades del ejercicio correspondiente podrás deducirte: 

– el 40% si llevas menos de dos años colaborando con la misma entidad.
– el 50% si has donado la misma cantidad o superior en los 2 años anteriores.

Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en https://sede.agenciatributaria.gob.es/

Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/

parroquiasanjoseaguilas.org
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.